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jueves, 29 de septiembre de 2011

FUNDACIÓN JUSTICIA Y TRANSPARENCIA (FJT) ENTREGA A DIPUTADOS PROPUESTAS DE REFORMAS A LOS CÓDIGOS, PENAL, PROCESAL PENAL Y DEL MENOR



LA FJT  RECOMIENDA AUMENTAR LA EDAD PENAL DE LOS MENORES, ENDURECER LAS PENAS Y TIPIFICAR EL SICARIATO, LA AUTORÍA INTELECTUAL, EL FEMINICIDIO Y EL CÚMULO DE PENAS
 
La Fundación Justicia y Transparencia (FJT) entregó a la comisión de justicia de la Cámara de Diputados, en la persona de su presidente Doctor Demóstenes Martínez tres propuestas de reforma y modificación a los códigos, penal, procesal penal y del menor, con el objetivo de que sean ponderados y analizados, en el marco de los aprestos que llevan a cabo los diputados para actualizar y reformar los códigos de referencia.

El presidente y vicepresidente de Justicia y Transparencia, Trajano Potentini y Giovanni Matos, solicitaron a los diputados, iniciar los trabajos legislativos con el código penal, en razón de que el derecho penal es el que está llamado a clasificar y denominar las infracciones, el régimen de las penas, además de prever los nuevos tipos penales y el señalar las condiciones, el alcance y los requerimientos sobre la reincidencia y las circunstancias atenuantes y agravantes, así como tomar en consideración que todas estas circunstancias variarán sustancialmente el procedimiento penal vigente.

Sobre la reforma al código penal
La Fundación Justicia y Transparencia (FJT) propuso las siguientes modificaciones: Primera Propuesta: clasificar las infracciones atendiendo al esquema tradicional tripartita en infracciones graves, infracciones menos graves y contravenciones.

Segunda Propuesta: contemplar como tipo penal el sicariato y la autoría intelectual, asimilándolos como infracciones graves calificadas y rodeadas de circunstancias agravantes:

Tercera Propuesta: incorporar a nuestra legislación adjetiva como tipo penal, bajo el esquema de infracciones graves y calificadas el feminicidio, en razón del género y resultante de una relación íntima de dominación.  

 Cuarta Propuesta: Establecer el cúmulo de la pena con un tope máximo de 50 años de reclusión, pena que además proponemos sea considerada como la pena máxima, diferente al presente, que solo prevé un máximo de 30 años de reclusión, ósea un incremento de 20 años, extensivo a la comisión de infracciones graves calificadas.
Quinta Propuesta: Para los casos de reincidencia establecida por sentencia con autoridad de la cosa juzgada, contemplar el máximo de la pena en la escala que corresponda para cualquiera de las infracciones de que se trate, siempre bajo la condicionante de la reincidencia como circunstancia agravante.
Sobre la reforma al código procesal penal
La Fundación Justicia y Transparencia reconoce que el CPP posee grandes virtudes como instrumento jurídico, pero como toda obra humana requiere de perfeccionamiento en adición a las carencias propias de una sociedad en desarrollo, razón que justifica los ajustes necesarios para que el mismo pueda dar respuestas más efectivas a las precariedades y deficiencias inherentes al sistema de administración de justicia; y en menor medida a lo que hemos denominado como la pro-reforma del CPP; o sea, las innovaciones tendentes a perfeccionar y eficientizar aún más la referida herramienta de política criminal del Estado, adecuándola a las condiciones objetivas y particulares del pueblo dominicano.
Estas reflexiones nos llevan a presentar ante el país este documento, en el cual abordamos, no solamente la propuesta de modificación del Código Procesal Pe­nal (CPP), sino también un análisis del desarrollo e implementación del mismo; ponderación esta derivada de algunas de las estadísticas más relevantes que permiten situar en su justa dimensión los frutos de la reforma procesal penal.
Nuestra propuesta en esta materia, hace referencia a las diferentes etapas del procedimiento, haciendo especial énfasis en la revisión de los plazos, en los derechos de la víctima, sobre el archivo de casos y la exagerada discrecionalidad que posee el ministerio público, en relación a los requisitos y admisibilidad del recurso de apelación, sobre el exceso de formalismo para algunas acciones procesales, sobre la asimétrica competencia de los Tribunales Colegiados y Unipersonales, la ejecución de la sentencia, la medida de coerción, la rebeldía y la capacidad punitiva del juzgador entre otros.
Sobre la reforma al código del menor
La propuesta en materia de menores procura, de manera excepcional y ante la comisión de infracciones graves: sicariato, asesinato, robo con violencia, violación sexual, secuestro y narcotráfico, exclusivamente para esas eventualidades, y menores con edades comprendidas entre 15 y menos de 18 años, puedan ser habilitados por una comisión multidisciplinaria, compuesta por profesionales especializados en la conducta de menores y otros técnicos a considerar, puedan previa evaluación sobre la capacidad mental y psicológica de los menores, sean juzgados en la jurisdicción de niños, niñas y adolecentes de manera excepcional con la aplicación de penas que van de 5 a 20 años, para los autores principales, y en caso de complicidad de 3 a 10 años.

La modificación al código del menor se corresponde y observa las directrices de los tratados y acuerdos internacionales en materia de menores, siempre respetando los derechos fundamentales de los menores y propiciando acciones alternativas orientadas desde el estado dominicano a conjurar las causas fundamentalmente sociales que originan la delincuencia juvenil.

Asimismo el proyecto procura que el Estado Dominicano construya centros de rehabilitación especializados para los menores en conflicto con la ley penal, garantizándole su rehabilitación y reinserción social.

DIRECCIÓN DE COMUNICACIONES

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