José Manuel Castillo, director Noticias A Tiempo. Whatsapp: 8098160105, josemlct11@hotmail.com. Santiago, República Dominicana.

jueves, 24 de octubre de 2013

Raisa de la Cruz colabora con la DEA, pero tiene acusación formal en la justicia

Raisa, capturando a una drogadicta.
Foto cortesía de Franklin Guerrero
/Acento.com.do
De acuerdo con la confesión, al momento de ser reconocida por Diario Libre y su casa matriz Omnimedia como Mujer del Año 2007, ya la ex oficial de la DNCD estaba en el negocio de facilitar y conspirar para que las drogas llegaran desde la República Dominicana a los Estados Unidos.

NUEVA YORK, Estados Unidos.- La oficina del Fiscal de Estados Unidos en el Distrito Sur de Nueva York, actuando por intermedio de su investigador Billy Ralat, presentó cargos contra la ex capitana dominicana Raisa de la Cruz Olivares, quien fuera apresada el 20 de marzo del 2013, por cargos de conspiración para la distribución de drogas en los Estados Unidos.

Christian Everdell, Asistente Fiscal de Estados Unidos, aprobó el informa y procedió a presentar formal acusación contra De la Cruz Olivares ante el magistrado Michael H. Dolinger, juez del Distrito Sudeste de Nueva York.

De acuerdo con la propia confesión de la acusada, desde el 2006 y hasta abril del 2008 se relacionó con otras personas para conspirar, traficar y distribuir ilegalmente droga en los Estados Unidos. Es decir, que al momento de ser reconocida por Diario Libre y su casa matriz Omnimedia como Mujer del Año, ya la ex oficial de la Dirección Nacional de Control de Drogas estaba en el negocio de facilitar y conspirar para que las drogas llegaran desde la República Dominicana a los Estados Unidos.

En interés de que los lectores puedan conocer el sustento de la acusación que pesa en la justicia de los Estados Unidos contra la ex capitana dominicana, Raisa de la Cruz Olivares, ofrece una traducción libre del documento acusatorio:
ORDEN DE ARRESTO
ESTADOS UNDOS DE AMÉRICA DISTRITO SUR DE NUEVA YORK
Contra                                                                        13 MAG 0772
RAISA I. DE LA CRUZ OLIVARES Distrito de arresto
Orden emitida sobre la base de X Demanda
POR ESTE MEDIO SE LE ORDENA arrestar a la persona mencionada arriba y traer a esa persona ante el Tribunal del Distrito de Estados Unidos para que responda a las acusaciones referidas abajo
DESCRIPCIÓN DE LOS CARGOS
Conspiración para Distribuir Narcóticos
EN VIOLACIÓN DE      CÓDIGO DE ESTADOS UNIDOS         SECCIÓN
21                                                                                          846
Fianza      Otras condiciones de liberación
Ordenado por
Hon. Michael H. Dolinger    Firma (Juez Federal/Magistrado USA)     Fecha de orden
Distrito Sureste de NY                                                                             20 MAR 2013
[…..]
DEVOLUCIÓN
Esta orden fue recibida y ejecutada con el arresto de la persona mencionada arriba.
Nota:  El oficial que hace el arresto tiene la instrucción de entregar la copia adjunta del cargo al acusado en el momento en que se ejecuta esta orden.
[….]
13 MAG 0772
APROBADO: CHRISTIAN EVERDELL
Asistente Fiscal de Estados Unidos
(Firma)
ANTE:             EL HONORABLE MICHAEL H. DOLINGER
Juez Magistrado de Estados Unidos
Distrito Sudeste de Nueva York

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA :       DEMANDA SELLADA
Contra                                                          Violación de: 21 U.S.C. & 846
RAISA I. DE LA CRUZ OLIVARES
Acusada
DISTRITO SUR DE NUEVA YORK, ss.:
BILLY RALAT, habiendo prestado juramento, da su testimonio y dice que él es un Investigador de la Oficina del Fiscal de Estados Unidos en el Distrito Sur de Nueva York, y expresa lo siguiente:
CARGO UNO
1. Desde al menos, o alrededor de 2006 hasta alrededor de abril de 2008, en el Distrito Sur de Nueva York y en otro lugar, RAISA I. DE LA CRUZ OLIVARES, la acusada, y otros conocidos y desconocidos, ilegalmente, intencionalmente y a sabiendas se unieron, conspiraron y se confederaron y acordaron y con cada uno violar las leyes sobre narcóticos de Estados Unidos.
2. Esto fue parte de un objeto de conspiración que RAISA I DE LA CRUZ OLIVARES, la acusada, y otros conocidos y desconocidos, habrían de y distribuyeron y poseyeron con la intención de distribuir una sustancia controlada, en violación del Título 21, del Código de Estados Unidos, Sección 84 (a) (1).
3. La sustancia controlada implicada en la violación fueron cinco kilogramos y más mezclas y sustancias que contenían una cantidad detectable de cocaína, en violación del Título 21, del Código de Estados Unidos, Sección 841 (b)(A).
(Título 21 Código de Estados Unidos, Sección 846)
Las bases para mi conocimiento y la acusación precedente son, en parte, las siguientes:
5. Yo soy un investigador que trabaja con la Oficina del Fiscal de Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, y he estado empleado por más de 10 años. Antes fui miembro del Departamento de Policía de la Ciudad de Nueva York durante aproximadamente 20 años. He participado en la investigación de este asunto, y he hablado con otros individuos, incluyendo agentes federales, otros oficiales encargados de hacer cumplir la ley, y otros testigos. Cuando dependo de declaraciones realizadas por otros, esas declaraciones están relatadas en suma y sustancia, a menos que se indique otra cosa. Además, debido a que este testimonio se ofrece para un propósito limitado de establecer una causa probable que apoye los arrestos del acusado, no he expuesto cada uno de los hechos que conocí durante el curso de esta investigación. En efecto, he omitido hacer mención de hechos conocidos sobre la acusada con el fin de proteger fuentes sensibles de información.
6. De mis discusiones con Agentes Especiales de la Agencia de Control de Drogas (DEA) que trabajaban en República Dominicana que están familiarizadas con el caso, he conocido lo siguiente:
a. Desde no menos y alrededor de 2006 hasta abril de 2008 o cerca, RAISA I. DE LA CRUZ OLIVARES, la acusada, era capitán en la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), un órgano policial de República Dominicana enfocada en operaciones contra el narcotráfico. Durante ese periodo de tiempo, DELA CRUZ OLIVARES estaba a cargo de la División Regional Nordeste de la DNCD, que supervisaba la región oriental de República Dominicana, incluyendo las provincias de La Romana, Higüey (La Altagracia), y San Pedro de Macorís, entre otras.
b. Durante ese mismo periodo, un co-conspirador no mencionado aquí (CC-1) era el Director de Operaciones de la DNCD, una de las posiciones más altas dentro de la DNCD, y oficial superior de DE LA CRUZ OLIVARES.
c. Durante ese mismo periodo, estaba en marcha un esfuerzo conjunto anti-narcóticos llamado Operación Puente Roto (Operation Broken Bridge). Esta operación era un esfuerzo conjunto entre Estados Unidos y República Dominicana para interrumpir el flujo de drogas desde América del Sur hasta República Dominicana y de ahí a Puerto Rico y otras partes de Estados Unidos. Como parte de la Operación Puente Roto, cuando un embarque sospechoso de drogas se detectaba en dirección a la República Dominicana por avión, los agentes de República Dominicana eran enviados hacia la zona probable de bombardeo para confiscar las drogas y hacer los arrestos necesarios. Al mismo tiempo, helicópteros de EE.UU. con frecuencia se despachaban desde Puerto Rico para ayudar a localizar la zona de bombardeo, interceptaban el avión que la atraía, y por lo general interrumpía el embarque.
7. Yo he tenido varios intercambios con un testigo colaborador que fue miembro de la conspiración referida en el Cargo Uno, y quien tuvo contacto directo con CC-1 (“CW-1”)1. En ese intercambio supe lo siguiente:
  1. Desde al menos 2006 o cerca, y hasta al menos o cerca de 2008, CW-1 fue contactado en varias ocasiones por narcotraficantes en República Dominicana, quienes le pidieron la ayuda de CW-1 para proteger embarques de droga que procedían desde América del Sur hacia República Dominicana.
  2. En no menos de seis ocasiones, CW-1 contactó a CC-1 para obtener la ayuda de CC-1 con el fin de proteger los embarques de drogas. Estos embarques llegaron por avión y fueron dejados caer en la región oriental de República dominicana, en el área bajo el comando de RAISA I DE LA CRUZ OLIVARES, la acusada.
  3. En estas ocasiones, CW-1 solía encontrarse con CC-1 y le decía a CC-1 la fecha propuesta para el bombardeo. CC-1, solía entonces, en presencia de CW-1 contactar a una mujer por teléfono a quien llamaba “Raisa”. Al concluir las llamadas, CC-1 le decía a CW-1 en sustancia y en parte, que “Raisa” se encargaría de que el área alrededor de la zona del bombardeo fuera segura y estuviera libre de otras fuerzas policiales para que la droga pudiera ser recogida sin interferencias. Esto algunas veces tenía a “Raisa” escenificando un intento falso de interdicción de drogas, para que pareciera que los oficiales de la CNCD estaban presentes en la zona del bombardeo.
  4. CW-1 más tarde supo que una mujer llamada “Raisa”, con quien CC-1 hablaba por teléfono, era DE LA CRUZ OLIVARES. Entre otras razones, CC-1 le dijo a CW-1 que él/ella CC-1) había arreglado que DE LA CRUZ OLIVARES y otro co-conspirador no mencionado aquí que era un miembro de alto nivel de la DNCD (“CC-2”) trasladaran desde Santo Domingo a La Romana. CC-1 declaró además, en sustancia y en parte, que él/ella CC-1) hicieron esto para que CC-1, CC-2 y DE LA CRUZ OLIVARES tuvieron un control total de la parte oriental de la República Dominicana con el fin de facilitar los bombardeos de drogas en la región. CW-1 también había identificado de manera positiva una fotografía de DE LA CRUZ OLIVARES.
  5. CW-1 declaró que cada uno de estos bombardeos significaban más de 400 kilogramos de cocaína, y que una vez que las drogas llegaban a la República dominicana, otros co-conspiradores no mencionados aquí (“CC-3”, “CC-4” y “CC-5”) las embarcarían por barcos a Puerto Rico, entre otros lugares. Después de cada bombardeo exitoso, CC-3, CC-4 o CC5 le pagarían a CW-1, y entonces CW-1 le pagaría a CC-1. Por lo general CW-1 le pagaba a CC-1 entre US$80,000-US$100.000, por cada bombardeo.2
  6. CW-1 en ocasiones recibía pagos de CC-4 y CC-5 en kilogramos de cocaína en lugar de dinero. Sin embargo, CC-1 prefería el pago en efectivo. CW-1 contó que, en más de una ocasión, el/ella (CW-1) tuvo que presionar a CC-4 y CC-5 para conseguir efectivo. CC-4 y CC-5 le dijeron q CW-1 que él tendría que esperar hasta que las drogas llegaran a Puerto Rico y después  Nueva York, donde podrían venderse y las ganancias se traerían a República Dominicana. Cuando CW-1 recibió finalmente el dinero, él le pagó a CC-1.
8. También tuve algunos intercambios con agentes de la DEA que han entrevistado a otro testigo colaborador que fue miembro de una conspiración incluida en el Cargo Uno (“CW-2”)3. En estas conversaciones conocí lo que sigue:
a. Desde alrededor al menos de 2006 hasta no menos o alrededor de 2008, CW-2 estuvo involucrado en el tráfico de drogas en República Dominicana. CW-2 estaba familiarizado con las áreas rurales de La Romana, Higüey y otras partes de la región oriental del país, y los narcotraficantes le pagaban por coordinar la recuperación de las drogas que bombardeaban en estas áreas y transportarlas a Santo Domingo, entre otros lugares.
b. Entre los traficantes para quien CW-2 trabajó durante este tiempo estaba un co-co-conspirador no mencionado aquí (“CC-6”). CC-6 coordinó la recuperación de las drogas de aproximadamente diez bombardeos durante ese tiempo. Cada uno de esos bombardeos contenía aproximadamente 450 kilogramos de cocaína.
c. CC-6 utilizaba a RAISA I. DE LA CRUZ OLIVARES, la acusada, entre otros, para darle protección a estos bombardeos. De acuerdo con CW-2, DE LA CRUZ OLIVARES despejaba el área del bombardeo para que la recogida de las drogas pudiera tener lugar sin interrupciones de los organismos policiales. CW-2 contó que en más de una ocasión, CC6 llamó a CC-2 y le dijo a él/ella que, de acuerdo con DE LA CRUZ OLIVARES, los helicópteros de EE.UU. estaban en camino hacia la zona de entrega y que CW-2 no tuvo mucho tiempo para terminar de recoger la droga. CW-2 también dijo que DE LA CRUZ OLIVARES generalmente le proporcionaba escolta de las autoridades oficiales al vehículo que transportaba la droga lejos de la zona hasta un punto donde su área de mando terminaba, al borde de San Pedro de Macorís.
d. A DE LA CRUZ OLIVARES le pagaron aproximadamente US$50,000 por cada bombardeo. CW-2, personalmente, le entregó el pago a DE LA CRUZ OLIVARES en una ocasión, y estuvo presente físicamente en otras ocasiones cuando le pagaron asociados de CW-2 y CC-6.
e. CW-2 identificó positivamente una foto de DE LA CRUZ OLIVARES.
RAZÓN POR LA CUAL su declarante, respetuosamente pide que se emita una orden de arresto para RAISA I. DE LA CRUZ OLIVARES, la acusada, y que sea arrestada y puesta en prisión, o bajo fianza, según sea el caso.
BILLY RALAT
Investigador
Distrito Sur de Nueva York
Jurado ante mí, el día‒‒‒ de marzo, 2013.
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NOTAS
1. CW-1 se declaró culpable en el Distrito de Puerto Rico de un cargo de tráfico de drogas en o alrededor de septiembre de 2010 y está cooperando con el Gobierno. CW-1 ha suministrado información que ha resultado ser confiable y ha corroborado otra información que obtuvieron los agentes durante esta investigación.
2. CW-1 recordaba que en una ocasión, un bombardeo no se pudo completar porque un helicóptero de EE.UU. llegó a la zona de bombardeo para interceptar las drogas. Como resultado, CW-1 creyó que las agencias de EE.UU. y República Dominicana recuperarían una gran cantidad de cocaína. Basado en mis intercambios con otros oficiales, conocí que el 13 de noviembre de 2007, aproximadamente 90 kilogramos de cocaína se recuperaron cerca de Higüey, en República Dominicana, como resultado de una respuesta de un helicóptero de EE.UU. de la Operación Puente Roto a un supuesto bombardeo de drogas en esa área.
3. CW-2 se declaró culpable en el Distrito de Puerto Rico a un cargo de tráfico de narcóticos en o cerca de mayo de 2012 y está colaborando con el Gobierno. CW-2 ha aportado información que ha resultado ser confiable y ha sido corroborada con información que otros agentes obtuvieron durante esta investigación.

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