Milton Ray Guevara, presidente del Tribunal Constitucional.Acento.com.do/Archivo. |
“La República Dominicana ratificó el 21 de enero de 1978 el pacto de San José de Costa Rica, o sea, la Convención Americana de los Derechos Humanos, aceptando la competencia obligatoria, de pleno derecho y sin convención especial, de la Corte Interamericana en fecha 25 de marzo de 1999”, expuso el presidente del TC
Fuente, Acento.com.do
SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El presidente del Tribunal Constitucional, Milton Ray Guevara, afirmó el 3 de septiembre de 2012 que la República Dominicana había aceptado la “competencia obligatoria” la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.
En una ponencia leída en el auditorio de UNIBE, el 3 de septiembre de 2012, en la cual valoró la importancia del control de convencionalidad para la protección de los derechos humanos, el doctor Ray Guevara afirmó:
“La República Dominicana ratificó el 21 de enero de 1978 el pacto de San José de Costa Rica, o sea, la Convención Americana de los Derechos Humanos, aceptando la competencia obligatoria, de pleno derecho y sin convención especial, de la Corte Interamericana en fecha 25 de marzo de 1999.”
Esto significa que las sentencias, decisiones y mandatos de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) deben ser cumplidos por el gobierno de la República Dominicana, de manera obligatoria.
En su ponencia, “La Constitución y el orden jurídico internacional: Perspectiva dominicana”, el jurista Ray Guevara también recuerda que el artículo 26 de la Constitución señala que la República Dominicana es un Estado miembro de la comunidad internacional abierto a la cooperación y apegado a las normas del derecho internacional.
“Entre las consecuencias que se derivan de este principio, en los numerales 1,2, 3, y 4 del antes referido artículo 26, se lee lo siguiente:
“1-Reconoce aplica las normas del derecho internacional, general y americano, en la media en sus poderes públicos las hayan adoptado;
“2-Las normas vigentes de convenios internacionales ratificados regirán en el ámbito interno, una vez publicados de manera oficial;
“3-Las relaciones internacionales de la República Dominicana se fundamental y rigen por la afirmación y promoción de sus valores e intereses nacionales, el respeto a los derechos humanos y al derecho internacional;
“4-En igualdad de condiciones con otros Estados, la República Dominicana acepta un ordenamiento jurídico internacional que garantice el respeto de los derechos fundamentales, la paz, la justicia y el desarrollo político, social, económico y cultural de las naciones. Se compromete a actuar en el plano internacional, regional y nacional de modo compatible con los intereses nacionales, la convivencia pacífica entre los pueblos y los deberes de solidaridad con todas las naciones.”
Y agrega el doctor Ray Guevara:
“Los numerales 1 y 2 constituyen un reconocimiento expreso de la aplicabilidad interna de las normas del derecho internacional y de las contenidas en los convenios internacionales una vez ratificados y publicados. En este último aspecto, Eduardo Ferrer Mac-Gregor señala: “Cuando los tratados internacionales han sido debidamente incorporados son derecho nacional de fuente internacional”.
Sobre el control de convencionalidad, el doctor Ray Guevara, que ya era presidente del Tribunal Constitucional, convino con el jurista y juez Ernesto Jinesta, de Costa Rica, con las siguientes afirmaciones:
“El control de convencionalidad implica la necesidad de despojarse de una serie importante de lastres históricos –dogmatismos muy arraigados en la ciencia jurídica, derribar una serie de mitos (v. gr., la supremacía de la Constitución) y, en definitiva, un nuevo paradigma del Derecho Público de los países del sistema interamericano”.
Asimismo, cita al jurista Néstor Sagües, cuando señala que “el control de convencionalidad es un potente instrumento para el respeto y garantía efectiva de los Derechos Humanos incluidos en el parámetro de convencionalidad”.
Y agrega: “No podría ser de otra manera, la relación entre control de convencionalidad y de Derechos Humanos, se deben, esencialmente, a que estos últimos constituyen –permítanme utilizar una expresión originaria del derecho del mar- un patrimonio común de la humanidad”.
A continuación la conferencia completa del doctor Milton Ray Guevara, presidente del Tribunal Constitucional de la República Dominicana:
No hay comentarios:
Publicar un comentario