El presidente Danilo Medina. |
Fuente, http://www.7dias.com.do/
SANTO DOMINGO (R. Dominicana).- El presidente Danilo Medina promulgó esta tarde la Ley de convocatoria de la Asamblea Nacional Revisora para la reformar el Artículo 124 de la Constitución y el modo de elección presidencial.
La ley, aprobada por la Cámara de Diputados en dos lecturas consecutivas a las 12:54 de la tarde, fue enviada alrededor de dos horas después al Ejecutivo y promulgada pocos minutos antes de las 6:30 de la tarde.
En la segunda lectura, el proyecto logró el voto favorable de 149 diputados, mientras que 38 diputados votaron contrario y hubo una abstención. A la sesión asistieron 187 de los 190 diputados que integran el hemiciclo.
En su Artículo 1, la ley declara la necesidad de modificar el Artículo 124 de la Constitución de la República del 26 de enero de año 2010, así como el establecimiento de un artículo transitorio en el texto de la misma.
El referido transitorio está contenido en el Artículo 2 y dice textualmente:
a) Permitir que el Presidente de la República pueda optar por un segundo y único período constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo.
b) Establecer un artículo transitorio qzue consigne que en el caso eventual de que el Presidente de la República actual, correspondiente al período 2012-2016, sea candidato presidencial para el período 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período y a ningún otro.
El Articulo 3 ordena la reunión de la Asamblea Nacional Revisora dentro de los 15 días siguientes a publicación de la propia Ley. Es decir, la Asamblea deberá reunirse a partir del 17 de junio próximo.
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