El Gabinete de Transporte debe organizar el transporte urbano e interurbano.
Se crea el Gabinete del Transporte y una oficina para desarrollar proyectos de movilidad
El Gobierno ha encargado al Ministerio de la Presidencia la tarea de la organización del transporte urbano e interurbano del país, y para ello, emitió dos decretos, a través de los cuales, crea una oficina para la creación de proyectos y el Gabinete de Transporte, respectivamente.
El decreto 289-21 fue emitido el pasado 18 de junio y el 328-21 el 18 de mayo, pero el equipo de prensa de la Presidencia no los difundió, y fueron conocidos este lunes.
Con el primero, el presidente Luis Abinader creó la Oficina de Desarrollo de Proyectos de Movilidad Urbana e Interurbana que tendrá dentro de sus funciones el diseño de proyectos de transporte masivo.
La Oficina, estará adscrita al Ministerio de la Presidencia, que dirige Lisandro Macarrulla, y tendrá como objetivos, según el artículo 2, diseñar, construir y desarrollar proyectos de transporte masivo urbano e interurbano, y el diseño, construcción y desarrollo de infraestructuras asociadas a los proyectos de transporte desarrollados por la entidad.
En el punto D del artículo 2 del referido decreto, el Poder Ejecutivo señala que se debe promover la incorporación de alianzas público-privadas en los proyectos que desarrolle la Oficina.
Más adelante, el 24 de junio, el ministro de la Presidencia, Lisandro Macarrulla, emitió la Resolución MINPRE-2021-01, con la que designa al ingeniero Jhael Isa Tavares como director de la Oficina de Desarrollo de Proyectos de Movilidad Urbana e Interurbana.
Gabinete del Transporte
Asimismo, el Poder Ejecutivo emitió el decreto 328-21 con el que se crea el Gabinete de Transporte con el “objetivo de fijar las orientaciones, programas y acciones necesarias para el diseño del Plan de Movilidad Urbana Sostenible, así como la coordinación de su implementación”.
El organismo estará integrado por el Ministerio de la Presidencia, que a la vez lo coordinará; el Ministerio de Obras Públicas (MOPC), el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett), la Oficina de Reordenamiento del Transporte (Opret) y la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (Omsa).
El artículo 3 de la orden ejecutiva indica que para el diseño e implementación del Plan de Movilidad Urbana Sostenible, también se instruye incorporar a los ayuntamientos de las jurisdicciones correspondientes.
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