El gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi. (AP/ DENNIS M. RIVERA PICHARDO)
Así quedó estipulado hoy en la Orden Ejecutiva 2021-064
El gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi, dispuso este jueves la ampliación de la vacunación contra el COVID-19 obligatoria en industrias privadas, además de anunciar un incentivo a los hospitales a fin de que recluten mayor personal.
Así quedó estipulado hoy en la Orden Ejecutiva 2021-064 que firmó el gobernador, a los fines de reducir las estadísticas en contagios y muertes a causa de esta pandemia.
A partir del 30 de agosto, los comerciantes o dueños de los salones de belleza, barberías, estéticas, spa, gimnasios, centros de cuido de niños, supermercados, colmados (incluyendo los autorizados para el Programa WIC), casinos y tiendas en gasolineras deberán requerir y asegurar que toda persona o empleado que trabaje de manera presencial en dichas instalaciones esté debidamente vacunado contra el COVID-19 o haber iniciado el proceso.
En el caso de algunos de estos comercios también se les requerirá solicitar vacunación a sus visitantes o en la alternativa se les reducirá el aforo en un 50 %, detalla un comunicado de Pierluisi.
Agrega que los comercios que tendrán que solicitar vacunación a sus clientes o visitantes son: salones de belleza, barberías, salones de estética, spa, gimnasios y casinos.
En el caso de estos comercios, tanto empleados como visitantes, tendrán que estar vacunados o presentar prueba negativa de COVID-19 realizada dentro de un máximo de 72 horas antes de acceder al comercio o que el visitante presente un resultado positivo de COVID-19 de los pasados 3 meses, junto con documentación de su recuperación.
De no querer requerir vacunación a sus clientes o visitantes se les reducirá el aforo a un 50 por ciento.
En el caso de los supermercados, colmados (incluyendo los comercios autorizados por el programa WIC), tiendas en las gasolineras y centros de cuido de niños se les exige la vacuna a los empleados.
Añade que, de no estar vacunados, deberán demostrar a su patrono que para el 30 de agosto comenzaron el proceso de vacunación con la primera dosis y que completaron el ciclo para el 15 de octubre de 2021, si el tipo de vacuna que se le administró así lo requiere.
Al igual que en Órdenes Ejecutivas anteriores están exceptuados los empleados que por razones médicas y religiosas no se vacunen, pero deberán presentar semanalmente resultados negativos de COVID-19 de 72 horas o menos, o prueba positiva de recuperación contra el COVID 19 de al menos tres meses.
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