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Claudia Juana Rodríguez de Guevara, es la actual secretaria privada de la presidencia
Con 69 votos, la Asamblea Legislativa inició esta noche, con 4 horas y media de retraso (estaba convocada para las 4:00 p.m.) la sesión extraordinaria para conceder licencia de seis meses sin goce de sueldo al presidente de la República, Nayib Bukele, y que pueda realizar campaña electoral al ser candidato presidencial para el quinquenio 2024-2029.
Luego de las discusiones, los diputados de Nuevas Ideas, GANA, PCN y PDC otorgaron la licencia solicitada, que incluye al vicepresidente Félix Ulloa, quien es compañero de fórmula de Bukele.
El segundo punto de la agenda consistió en nombrar al designado presidencial para hacer las funciones del presidente del país, del uno de diciembre, al 31 de mayo de 2024. Este cargo recayó sobre Claudia Juana Rodríguez de Guevara, actual secretaria privada de la presidencia, quien por seis meses ostentará la banda presidencial. Esta es la primera vez en la historia de El Salvador, que el país será presidido por una mujer.
La designada es además, presidenta de la Junta Directiva de la DOM, y ha ocupado otros cargos en la administración del presidente Bukele.
Según la legislación, Bukele debe pedir licencia a la Asamblea Legislativa para dejar el cargo y participar como candidato para las elecciones del 4 de febrero del próximo año. El 3 de septiembre de 2021, la Sala de lo Constitucional avaló la reelección presidencial, mediante una interpretación justificada en un documento de 28 páginas.
En el escrito, los magistrados interpretaron que la Constitución de 1983, específicamente el artículo 152, «permite que el presidente participe en la contienda electoral por una segunda ocasión y será el pueblo quien decide si resulta electo». Para ello, deberá pedir un «permiso o licencia» seis meses antes del inicio del periodo presidencial, que inicia el 1 de junio del próximo quinquenio.
Según los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, el texto constitucional de 1983, no responde a las necesidades actuales, y a la luz de los nuevos tiempos, ello representa “una excesiva restricción disfrazada de certeza jurídica y el actuar de representantes que se resisten al cambio soberano, que se resisten a escuchar la voluntad del pueblo”.
Asimismo, ordenaron al Tribunal Supremo Electoral (TSE) dar cumplimiento a la resolución y permitir que “una persona que ejerza la Presidencia de la República y no haya sido presidente en el periodo inmediato anterior participe en la contienda electoral por una segunda ocasión”.
Con información de Diario La Página
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